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La Justicia ordenó bloquearle las redes sociales a un padre que nunca pagó la cuota alimentaria
La Justicia ordenó bloquearle las redes sociales a un padre que nunca pagó la cuota alimentaria
Tras el inédito fallo de un Tribunal de Rosario, las plataformas deberán cumplir la medida. Además, el hombre no podrá asistir a espectáculos deportivos, ni renovar la licencia de conductor y quedará inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios.
En un fallo sin precedentes, la Justicia de Rosario ordenó bloquearle las redes sociales a un hombre que nunca pagó la cuota alimentaria de sus hijos, de 7 y 9 años. El objetivo de la medida, explicaron, apunta a que el padre “destine su tiempo para generar los ingresos que permitan satisfacer las necesidades” de los menores.

La resolución estuvo a cargo de la jueza Gabriela Topino del juzgado Colegiado N°7 de Rosario, quien dispuso además otras sanciones tales como inhibición de bienes y prohibiciones de asistencia a espectáculos deportivos y de renovación de licencia de conducir.

Sebastián Nava, el abogado que representó a la ex pareja del deudor alimentario explicó que el hombre ya venía sin cumplir una sentencia anterior en la que “se lo condenaba a reembolsar el 50 por ciento de alimentos que había gastado la mamá de sus hijos durante un determinado plazo. La Justicia ya lo había condenado a abonar el 50% de alimentos y esa sentencia ya estaba firme”.

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“El demandado nunca ha aportado de por sí. De hecho, en expedientes conexos, hay una retención respecto del abuelo que se viene ejecutando desde hace un tiempo, también con una sentencia firme. Por lo tanto, estas medidas cautelares complementan la sentencia”, subrayó Navas. Y detalló: “En la actualidad, los menores vienen percibiendo cuota alimentaria de parte de la retención del abuelo. En cuanto a los alimentos históricos adeudados, que llegan casi al millón de pesos al día de hoy, le corresponde abonar al progenitor. Lo cual no se cumplió hasta la fecha”.

En relación con el bloqueo de las redes sociales, el letrado señaló que la finalidad era que “esta persona, en lugar de gastar su tiempo en recreación y entretenimiento que implican las redes, dedique ese tiempo a poder generar ingresos para satisfacer las necesidades de dos menores de 7 y 9 años”.

“No recuerdo un antecedente en la justicia local de una resolución así. En mi caso particular, es la primera vez que pido el bloqueo de redes sociales y me hacen lugar. Entiendo que no hay antecedentes en este foro”, destacó Navas.
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